¿Qué hacer si tengo un accidente laboral?

En toda empresa puede darse el caso de que una persona trabajadora mientras desempeña su actividad laboral sufra un accidente.

Se entiende por accidente laboral a toda lesión que el trabajador sufre a consecuencia del trabajo que ejecuta por cuenta ajena.

Los accidentes pueden ir desde muy leves o insignificantes, hasta muy graves y peligrosos llegando incluso a provocar la muerte del trabajador.

También se considera accidente de trabajo a las lesiones originadas en el trayecto habitual entre el centro de trabajo y el domicilio del trabajador. Este tipo de accidente se conoce como accidente «in itinere».

Si el daño o lesión deriva de una enfermedad causada por consecuencia del trabajo se denomina enfermedad profesional, y tiene igual o similar cobertura que el accidente de trabajo.

En un primer lugar el accidente de trabajo tan solo incluía a todo trabajador por cuenta ajena. Hoy en día los autónomos también pueden elegir el cotizar para sentirse protegidos en caso de accidente laboral.

Para evitar accidentes las empresas disponen de un plan de prevención de riesgos laborales.

En base a la gravedad del accidente laboral, la empresa y trabajador deben de tener muy claro la manera de actuar y pasos a seguir:

  • Primeramente atención a trabajador herido y su traslado al centro de salud de la Mutua correspondiente con el volante de asistencia médica facilitado por la empresa. En el caso de que el centro de salud estuviese cerrado o alejado del lugar, deberá de contactarse con el 112 o proceder al traslado del herido al centro de salud más próximo y siempre indicando que se trata de accidente laboral.
  • Por parte de la empresa debe de confeccionar un parte en el que se indique: los datos del trabajador accidentado, datos de la empresa, como ha sucedido el accidente, medios que se han tomado para evitarlo.
  • Investigar si se han cumplido con las medidas de seguridad. En las situaciones más graves se realizarán investigaciones a través de la Inspección de Trabajo.
  • Si el accidente no se considera como accidente laboral y el trabajador no está conforme, tiene derecho a presentar una reclamación contra el INSS solicitando la determinación de la contingencia y declaración del accidente como accidente laboral.

Cuando el trabajador recibe asistencia médica puede suceder que:

  • Reciba la baja médica o incapacidad permanente temporal. El trabajador no puede trabajar durante un periodo.
  • El trabajador tras el accidente no recibe la baja médica y puede reincorporarse de nuevo a su puesto de trabajo.
  • El accidente es grave o muy grave incapacitando al trabajador su vuelta al trabajo. En esta ocasión el trabajador recibe la incapacidad permanente.
  • También puede suceder que el incidente provoque la muerte del trabajador.

En los dos últimos casos, la empresa o gestor en el plazo de 24 horas posterior al accidente deberá de comunicarlo a la autoridad laboral.

Existen ciertas situaciones en las que el operario a pesar de sufrir un accidente no se considera como accidente laboral:

  • Si el accidente sucede por fuerza mayor y por motivos ajenos al trabajo como puede ser los ocurridos por fenómenos naturales terremoto, fuertes inundaciones.
  • Si el daño es provocado por terceras personas que no tienen ningún tipo de relación con la empresa.
  • Si el trabajador no ha cumplido con las normas de seguridad establecidas por la empresa, siempre cuando el operario haya sido informado.
  • Si el trabajador lo ha provocado de manera intencionada.

¿Puedo obtener una incapacidad por accidente laboral?

La incapacidad permanente por accidente laboral es reconocida cuando:

  • Las lesiones o daños que dan lugar a una invalidez son provocadas mientras el desempeño de la actividad laboral.
  • Los daños se producen durante el trayecto desde el domicilio a la empresa y de la empresa a casa que es lo que se llama accidente de trabajo “in itinere”.
  • El trabajador necesita desplazarse fuera del centro de trabajo para el desempeño de su actividad laboral, los llamados accidentes “de misión”.
  • Los daños son producidos a consecuencia de delitos ocasionados por los compañeros de trabajo, jefe o cualquier persona relacionada con la empresa.

Existen varios grados de incapacidad permanente, que darán derecho a distintos tipos de prestaciones:

Las secuelas que le queden a la persona trabajadora en relación a su profesión habitual y la limitación a la hora de desempeñar su puesto de trabajo van a determinar el grado de incapacidad permanente que le corresponde.

Para solicitar una incapacidad permanente en el momento del suceso es preciso que el trabajador esté dado de alta en la Seguridad Social.

Como se trata de enfermedades profesionales y/o accidentes laborales no se exige período previo de cotización.

La cuantía económica a recibir el trabajador como prestación de incapacidad temporal corresponde al 75% de la base reguladora desde el primer día de la baja. El día del accidente se considera como día trabajado por lo que la empresa debe de abonar el salario completo al trabajador.

Si se comprueba que la empresa no ha tomado las medidas de seguridad e higiene suficientes, la prestación se vería incrementada entre un 30% y 50%. Este incremento deberá de ser pagado por la propia empresa.

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