La pensión por incapacidad permanente está pensada para toda aquella persona trabajadora que después de haber estado sometida a un tratamiento y haber sido dada de alta, muestra reducciones anatómicas o funcionales graves que le impiden o reducen el desempeño de su trabajo.
Para su aprobación, se tiene que pasar un procedimiento de reconocimiento gestionado por el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) e inspeccionado y supervisado por un Tribunal Médico.
Existen varías vías diferentes para iniciar un expediente de incapacidad permanente:
El trabajador recibe un mensaje de la Seguridad Social en el que se le informa que teniendo en cuenta el último reconocimiento médico de incapacidad temporal permanente se propone valorar si puede optar o no a una incapacidad permanente.
El aviso simplemente notifica que el caso va a ser estudiado y valorado, y no que ya quede aprobado.
Para ello es preciso reunir la siguiente documentación:
Con toda esta documentación debe de acudirse a un centro de atención del INSS y presentar la solicitud de incapacidad permanente.
Son siete las fases de las que consta un expediente de incapacidad permanente:
La incapacitación de una persona se solicita en el Juzgado que corresponda al domicilio de la persona que se quiere incapacitar.
El primer requisito para iniciar el proceso es demostrar que la persona que se quiere incapacitar no pueda valerse por si misma física ni psíquicamente.
Incapacitar a una persona significa privarla de su derecho a decidir. Esta incapacitación que siempre debe ser aprobada por un juez, es una garantía para el incapacitado puesto que se realiza para proteger su salud y su patrimonio.
La incapacitación protege a las personas con deterioro de facultades mentales, evita que otras personas sin escrúpulos puedan engañarlas económicamente, impiden que una persona con ludopatía malgaste su patrimonio o consiguen que una persona enferma reciba la atención médica que necesita en el caso de que se negara a ello.
La incapacitación de una persona es utilizada para ayudar a las personas de avanzada edad que sufren deterioro cognitivo, por ejemplo, Alzheimer, pero también en casos de adicciones, ludopatía, enfermedad mental, etc.
La incapacitación se solicita en el Juzgado que corresponda al domicilio de la persona afectada. Para ello:
La propuesta de inicio de expediente de una incapacidad permanente se produce pasados los 18 meses en situación de baja por incapacidad temporal y el trabajador no ha decidido empezar con el proceso de reconocimiento de dicha pensión por su cuenta.
De producirse tal caso el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), aunque no haya sido solicitado expresamente por el interesado, será quien inicie el proceso “de oficio”.
El proceso para reconocer una incapacidad permanente principalmente consta de 2 fases:
La resolución final puede conceder: incapacidad permanente, ampliar baja medica o dar el alta médica en la que el trabajado deberá de reincorporarse a su puesto de trabajo.
En caso de desacuerdo con la alta médica podrá reclamarse en contra de la denegación de incapacidad permanente.
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